La Justicia electoral de Tierra del Fuego anuló la convocatoria a elecciones constituyentes impulsada por el gobernador Gustavo Melella, al considerar que el decreto que llamó a comicios violaba una resolución judicial anterior que no está “firme”, según la resolución del Juzgado de Primera Instancia Electoral a cargo de la jueza Mariel Zanini y reportada por LA NACION. El decreto había fijado el 9 de agosto como fecha para elegir convencionales, tras un decreto firmado el 29 de abril, pero la jueza entendió que faltaban agotar instancias de apelación.
¿Qué dijo la Justicia y en qué se basa su decisión?
La resolución de la jueza Zanini se apoya en el recorrido procesal de una objeción presentada en agosto de 2024 por el diputado Jorge Andrés Lechman ante el Superior Tribunal de Justicia, y en el hecho de que la sentencia que autorizó un plazo de 210 días para convocar no quedó firme, según la nota de LA NACION. El Superior Tribunal había resuelto a favor del Ejecutivo en agosto de 2025 y otorgó esos 210 días para convocar a elecciones de convencionales constituyentes; sin embargo, Lechman presentó recursos extraordinarios y una queja que la Corte Suprema aún no resolvió, por lo que la jueza consideró que el plazo no comenzó a regir.
La interpretación jurisdiccional recae sobre la existencia de recursos pendientes: si una sentencia administrativa o judicial no ha agotado todas las vías de impugnación, su ejecución puede verse condicionada. En este caso, la anulación del llamado por decreto se fundamenta en esa incertidumbre procesal y en la necesidad de respetar la cosa juzgada en tanto y en cuanto los trámites de apelación no se completen, según pudo saber este medio a partir de la resolución citada por LA NACION.
¿Qué proponía la reforma y por qué generó rechazo?
El proyecto de reforma atacado por la oposición abarcaba 70 de los 211 artículos de la Constitución provincial —un 33,2% del texto— e introducía cambios como limitar la reelección indefinida de legisladores a un máximo de dos mandatos consecutivos y fijar topes salariales para diputados y funcionarios para que no superen al Ejecutivo, según la descripción del proyecto publicada por LA NACION. Oficialismo y entorno del gobernador sostienen que la iniciativa tenía un carácter institucional y de ordenamiento, mientras que la oposición denunció que podía abrir una vía para que el mandato en curso se contara como “primero” y habilitara una re-reelección de Melella.
La posibilidad concreta de que los convencionales adoptaran una cláusula transitoria similar a la que se aprobó en Formosa en 2025 —donde se renovó el cómputo de mandatos y se habilitó que el gobernador actual compita en 2027— fue citada por la oposición como antecedente. El debate combina normas técnicas sobre transitoriedad con sospechas políticas sobre intenciones personales del mandatario, una tensión frecuente en procesos de reforma constitucional.
¿Qué plantean los actores políticos y cuáles son las fechas clave?
La Legislatura fueguina rechazó la convocatoria y derogó la norma que habilitaba el llamado un día después del decreto del 29 de abril, según LA NACION; el gobernador vetó esa derogación y siguió adelante con el decreto. El intendente de Río Grande, Martín Pérez, calificó la anulación judicial como un llamado a cambiar prioridades y cuestionó el gasto en medio de una crisis que impacta, entre otras cuestiones, en la negociación paritaria docente y en el financiamiento de la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF), de acuerdo a las declaraciones reproducidas por el mismo medio.
Por su parte, el entorno del gobernador desmiente que exista una intención personal de buscar un tercer mandato y afirma que la reforma viene siendo trabajada desde antes de su gestión, según fuentes oficiales citadas por LA NACION. Con recursos pendientes ante la Corte Suprema, la disputa continuará en sede judicial: el gobierno provincial anunció que apelará la resolución de Zanini, por lo que los plazos procesales definirán si la convocatoria puede reactivarse o no.
¿Qué sigue y qué impacto tiene en la política provincial?
En lo inmediato la sentencia mantiene suspendido el proceso constituyente y obliga al Ejecutivo a dirimir la vía judicial; si el gobierno apela, la causa podría tardar meses en llegar a instancias superiores, lo que diluiría cualquier calendario electoral vinculado al cambio constitucional. En términos prácticos, la anulación impide por ahora la posibilidad de que una Convención Constituyente aborde transitoriedades que afecten el cómputo de mandatos, un punto central en la discusión sobre reelecciones.
Desde la perspectiva política, la resolución redistribuye la agenda: por un lado, mantiene la discusión en el terreno judicial; por otro, devuelve al poder legislativo y a los intendentes el protagonismo en la crítica pública sobre prioridades presupuestarias. Mantenemos cautela: exigimos verificación de textos, actas y registros antes de evaluar alcance político o judicial, y aguardamos el expediente y los fundamentos integrales para analizar efectos definitivos.