El Gobierno formalizó la reestructuración del Instituto Nacional de Semillas (INASE) mediante el Decreto 205/2026, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei y el ministro Luis Caputo, que suprime y reasigna una decena larga de direcciones y departamentos, según La Nación y el propio texto del decreto.
Qué cambió en la estructura del INASE
El Decreto 205/2026 deroga los primeros cuatro artículos de la Decisión Administrativa N° 2283/2020 y anula las aperturas departamentales establecidas por la Resolución 43/1995, según consta en el texto publicado en el Boletín Oficial y reportado por La Nación. En la lista de unidades suprimidas aparecen, entre otras, el Departamento Laboratorio de Biotecnología; el Departamento Control de Calidad Físico, Fisiológico y Sanitario; el Departamento de Certificación Nacional e Internacional de Semillas; y el Departamento Control de Comercio. En el ámbito administrativo se mencionan Tesorería, Programación y Control Presupuestario, y Compras, Contrataciones y Mesa de Entradas. Contando direcciones y departamentos citados por la nota, el recorte alcanza aproximadamente 13 unidades técnicas y administrativas, según el detalle publicado por La Nación y el decreto.
¿Cómo impacta esto en la fiscalización y la certificación?
El decreto no solo suprime áreas sino que también jerarquiza: la Dirección de Fiscalización pasa de Nivel III a Dirección Nacional de Fiscalización (Nivel I) y la ex Dirección de Registro de Variedades asciende de Nivel II a Dirección Nacional de Registro de Variedades (Nivel I), según el Boletín Oficial citado por La Nación. La nueva Dirección Nacional de Registro de Variedades asume la administración del Registro Nacional de Cultivares y del Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, de acuerdo con la Ley N° 20.247. La nota señala además que la redistribución afectará funciones de certificación de exportaciones que son relevantes para el cumplimiento de estándares internacionales y para las relaciones con la UPOV. El sector semillero había cuestionado intentos previos de reducir la autonomía del INASE; en 2025 el Ejecutivo presentó el Decreto 462/2025, que fue rechazado en el Congreso, lo que constituye un antecedente temporal directo.
Jerarquización, control interno y tecnología: qué cambia en la práctica
El decreto formaliza la Unidad de Auditoría Interna con reporte directo a la cúpula del organismo y bajo normas de la Sindicatura General de la Nación (Sigen), y consolida una Coordinación de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones con mandato explícito sobre seguridad informática y planes de contingencia, según La Nación y el texto del decreto. Al mismo tiempo la norma contempla homologaciones de rangos para la Dirección de Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos (Nivel II). El INASE se financia con recursos propios y es calificado en la nota como superavitario por sus cobros por servicios al sector semillero; ese dato lo reporta La Nación en su cobertura del decreto. La centralización de funciones críticas y la creación de unidades de control directo plantean preguntas operativas sobre continuidad de procesos y transferencia de expedientes que todavía necesitan documentación pública para ser evaluadas.
Qué queda por verificarse y qué pedimos desde la redacción
Mantenemos cautela: exigimos la publicación y verificación documental del Decreto 205/2026, sus anexos y los listados de cargos y reasignaciones antes de sacar conclusiones sobre su alcance institucional, funcional o presupuestario. Es necesario conocer el cronograma de implementación, el cuadro de personal por área antes y después del cambio, y el flujo operativo para las funciones de certificación internacional de semillas. También debe aclararse cómo se preservarán los estándares exigidos por la UPOV y qué impacto concreto tendrá la reasignación sobre exportaciones y ensayos comparativos como la Red de Ensayos Comparativos de Variedades de Trigo (RET), cuyo control se menciona en el decreto. Hasta que esas piezas documentales estén disponibles —Boletín Oficial, anexos y circulares internas— sostenemos la misma postura que expresamos el 30 de marzo: cautela y verificación antes de conclusiones políticas o judiciales.
Fuentes: Decreto 205/2026 publicado en el Boletín Oficial; cobertura de La Nación (30/3/2026); Decisión Administrativa N° 2283/2020; Resolución 43/1995; Ley N° 20.247. Para contexto económico general ver también nuestra nota sobre señales económicas y actividad (https://prensalibreonline.com.ar/politica/actividad-record-que-no-llega-al-bolsillo-las-senales-econom-2026-03-30).