Lo que se sabe hasta ahora: Cuba puso en marcha el Decreto-Ley 108 de Aduanas y su reglamento, el Decreto 134, que entraron en vigor el 21 de abril de 2026, según informó la Aduana de Cuba y lo reflejó La Nación. La norma amplía las facultades de inspección en aeropuertos y puertos y apunta directamente a controlar con más rigurosidad el transporte de paquetes y materiales considerados “contrarios al interés estatal”. Esta apertura resume la novedad: más atribuciones para la aduana, más herramientas tecnológicas y una categoría amplia para restringir material político.

¿Qué cambia para los viajeros desde Miami?

Para ubicarse: el decreto fue publicado en el Boletín Oficial el 21 de enero y se aplicó el 21 de abril —es decir, entró en vigor tres meses después de su publicación (según La Nación y la Aduana de Cuba). En la práctica, las medidas citadas por la Aduana incluyen inspecciones físicas de equipaje, el uso de escáneres, perros entrenados y sistemas de videovigilancia; además, en “determinados casos” se autoriza el control corporal cuando exista sospecha de infracción (Aduana de Cuba en Facebook, según La Nación).

Para quienes vuelan desde Miami esto significa mayor probabilidad de controles al ingresar. La norma también establece la revisión de quienes transporten paquetes para terceros y la posible retención de esos artículos. La categoría de “materiales contrarios al interés estatal” es nueva y no viene con criterios precisos en el texto difundido, por lo que la discrecionalidad operativa será un factor central en cómo se apliquen las sanciones y decomisos (La Nación).

¿Cómo afecta esto a los argentinos que viajan a Cuba?

Vemos dos efectos inmediatos para viajeros desde Argentina: logística y riesgo de decomiso. La normativa mantiene exenciones para efectos personales y bienes de primera necesidad como alimentos y medicamentos, pero obliga a declarar cualquier otra mercancía, lo que puede traducirse en trámites adicionales y demoras (Aduana de Cuba según La Nación). En términos comparativos, el cambio es una ampliación de facultades respecto al régimen operativo anterior: se pasa de controles más limitados a una capacidad formalmente mayor de inspección y retención.

Para el turismo argentino —que en años previos representó una fracción menor del total de visitantes internacionales a Cuba— la novedad es la mayor discrecionalidad sobre materiales que puedan interpretarse como políticos. En este punto conviene recordar cifras históricas del sector: según la Organización Mundial del Turismo (OMT), Cuba recibió alrededor de 4 millones de visitantes internacionales en 2019, lo que ubica la isla como un destino de volumen medio en la región y contextualiza por qué el control de flujos personales y paquetería atrae atención estatal (OMT, 2019). Si bien no existen datos públicos recientes por país de origen en el texto oficial, cualquier endurecimiento en la aduana puede prolongar tiempos de ingreso y aumentar consultas consulares.

¿Cómo funcionará en la práctica y qué riesgos presenta?

La aplicación dependerá de dos factores: la capacidad técnica desplegada (escáneres, videovigilancia, personal) y los criterios de interpretación de lo que se considera “contrario al interés estatal”. La Aduana anunció el uso de herramientas tecnológicas y canes, pero no especificó umbrales ni listados detallados de materiales prohibidos (Aduana de Cuba en Facebook; La Nación). Eso deja un amplio margen de interpretación que puede derivar en decomisos basados en criterios no transparentes.

Además, la obligación de declarar “toda mercancía que no sea efecto personal” incrementa la exposición a multas cuyo monto se calcula según el valor declarado; el texto no publica topes específicos ni ejemplos prácticos, por lo que los viajeros enfrentan incertidumbre sobre cuándo declarar y cuánto podrían pagar. Para los argentinos, la recomendación práctica es verificar requisitos con la aerolínea y la embajada o el consulado de Cuba antes de viajar y evitar transportar paquetes para terceros, ya que esa figura quedó expresamente sujeta a revisión.

Cierre: qué mirar en las próximas semanas

Observaremos dos señales claves: primero, la publicación de criterios operativos o protocolos por parte de la Aduana que aclaren qué se entiende por “materiales contrarios al interés estatal”; segundo, el patrón de decomisos y multas durante las primeras semanas de aplicación, que permitirá comparar la letra de la norma con su práctica. Por ahora, la norma está en vigor desde el 21 de abril (Aduana de Cuba/La Nación) y su aplicación dependerá en buena medida de la discrecionalidad administrativa. En Argentina conviene informarse con antelación y pedir asesoría consular si se planifica llevar material que pueda ser interpretado como político.

Firmamos esta nota desde una postura de prudencia informativa: solo reportamos y contextualizamos hechos oficiales y consecuencias directas, sin especular sobre intenciones políticas más amplias.

Sofía Santamarina