El Gobierno enviará al Congreso este mes un paquete legislativo que apunta a desregular el mercado inmobiliario, según publicó La Nación el 4/6/2026. El ministro del área anunció un proyecto que, en su versión borrador, elimina la obligatoriedad de inscripción en registros o colegios profesionales y cuestiona la fijación de honorarios mínimos.
¿Qué propone exactamente el proyecto?
El borrador difundido por fuentes del ministerio de Desregulación y Transformación del Estado plantea que la intermediación inmobiliaria deje de requerir matrícula o inscripción obligatoria y que quede sujeta principalmente a las reglas del mercado. Según La Nación (4/6/2026), el paquete incluye además cuestionamientos a las prácticas de colegios profesionales que fijan condiciones de ejercicio, y busca suprimir lo que el ministro definió como privilegios creados por ley. En esa presentación, organizada por Reporte Inmobiliario, el ministro vinculó la iniciativa con una agenda más amplia de desregulación. Un actor del sector, el CEO de Pint, sostuvo que se busca transformar la actividad en un servicio competitivo y abierto a la innovación. El texto oficial aún no se publicó: resta conocer el articulado, los anexos y las exenciones que el Ejecutivo incluirá.
¿Cómo impacta esto en el mercado argentino?
El Ejecutivo introduce datos para justificar el cambio: según declaraciones de Sturzenegger citadas por La Nación, tras el DNU 70/2023 la oferta de propiedades en alquiler aumentó un 300% y los precios reales registraron una caída cercana al 30%. Esos porcentajes, si se confirman con fuentes estadísticas independientes, describirían una variación notable desde 2023 hasta 2026. Desde la economía ofrecen argumentos previsibles: mayor competencia puede reducir costos de intermediación y ampliar oferta, pero también puede aumentar la heterogeneidad en la calidad del servicio y elevar riesgos de información asimétrica entre ofertantes y usuarios. Los colegios vinculados al sector —mencionados en el debate público— sostienen que la matrícula, además de un requisito administrativo, incorpora estándares mínimos de verificación. La discusión pasará por contrastar las cifras oficiales con datos de mercado y por evaluar mecanismos alternativos de control y responsabilidad profesional.
¿Qué preguntas quedan abiertas para el Congreso y los usuarios?
Antes de evaluar el alcance político o judicial de la iniciativa hay dudas que las partes deberán responder: ¿qué requisitos mínimos de capacitación o registro, si los hay, propone el proyecto? ¿Qué organismo fiscalizará las prácticas comerciales y las cláusulas contractuales? ¿Cómo se protegerá al consumidor ante fraudes o información faltante? El borrador, según pudo saber este medio, aún no circuló públicamente; por eso insistimos en la necesidad de verificar textos, actas y anexos. Además, la eliminación de barreras de entrada plantea interrogantes federales: el régimen provincial o municipal de tasas y habilitaciones puede resultar en marcos distintos entre jurisdicciones, lo que complejiza la implementación. También es previsible que colegios y asociaciones promuevan recursos judiciales si consideran que hay afectación de derechos adquiridos.
Qué sigue: trámite, plazos y efectos previsibles
El Ejecutivo pretende enviar el proyecto en junio de 2026; el trámite legislativo incluirá envío a comisiones, audiencias y debates que definirán alcances y plazos de aplicación. Durante ese proceso será clave revisar tres elementos verificables: el texto final del proyecto, los anexos técnicos y los estudios que respalden las cifras citadas por el ministro. Si la iniciativa avanza, los cambios podrían entrar en vigor tras la sanción o mediante normas reglamentarias; la experiencia del DNU 70/2023 muestra que los efectos de una desregulación pueden ser rápidos en el mercado, pero también objeto de disputas judiciales y regulatorias. En este punto mantenemos cautela: exigimos verificación documental antes de evaluar el alcance político, judicial o electoral de la medida.