La Cámara Federal de Casación confirmó el 10 de abril de 2026 la integración del tribunal que deberá resolver qué juez investigará al presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, y rechazó la recusación presentada contra la jueza Ángela Ledesma, según informó La Nación.
Contexto y antecedentes
La decisión cierra un tramo procesal marcado por recusaciones y apartamientos que, según La Nación, demoraron cuatro meses la definición sobre competencia. La Sala I quedó finalmente integrada por Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Ángela Ledesma (tres jueces), y la resolución que rechazó la inhibición contó con las firmas de Borinsky y Carbajo (10/4/2026). En el expediente se registraron renuncias o apartamientos: el juez Carlos Mahiques renunció a integrar la sala como reemplazo y el juez Daniel Petrone se apartó por vínculos sociales con investigados, según la crónica. La Cámara sostuvo que la recusación es un mecanismo excepcional y que los planteos contra Ledesma carecen de anclaje objetivo, por lo que no prosperaron, según el fallo citado por La Nación.
¿Qué debe resolver el tribunal y qué está en discusión?
Los jueces deberán decidir sobre la competencia para investigar las denuncias contra la AFA por presunto fraude y eventual lavado de dinero. Según La Nación, la disputa principal es entre el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, y el juzgado en lo penal económico subrogado por Marcelo Aguinsky; como alternativa figura el juzgado federal de Daniel Rafecas. La causa incluye, según la misma fuente, una acusación por el supuesto desvío de unos 400 millones de dólares de cuentas del organismo en Estados Unidos a empresas pantalla, y una investigación sobre la presunta compra de una mansión en Pilar valuada en 20 millones de dólares que estaría a nombre de terceros. La decisión sobre competencia definirá si la investigación centraliza todas las denuncias (excepto la de evasión) en un único juez o se reparte entre fueros.
¿Qué implicaciones prácticas tiene la integración de la sala?
A corto plazo, la resolución de la Cámara de Casación habilita que el tribunal resuelva la cuestión de competencia sin que la recusación de Ledesma sea un obstáculo procesal. Según La Nación, el rechazo se basó en que la recusación fue presentada por alguien que no es parte procesal y en que los motivos son hipotéticos y no verificables. Desde el punto de vista procesal, definir la competencia es el paso previo para que un juez pueda ordenar medidas —allananamientos, peritajes, citaciones— y avanzar en la instrucción. La causa lleva cuatro meses sin una definición de fondo sobre quién debe investigarla; ahora corresponde que la Sala I emita el pronunciamiento sobre competencia y, eventualmente, que el juez que resulte competente continúe con las diligencias.
¿Qué sigue y cuál es la postura editorial?
Resta que la Sala I se expida puntualmente sobre la competencia y que, luego, el juez designado avance en la instrucción. En paralelo, la defensa del supuesto titular registral de la mansión pidió la recusación del fiscal Mario Villar y la Cámara corrió vista para que el fiscal opine, según La Nación. Como medio, mantenemos cautela: exigimos la verificación de comunicados, actas y cifras oficiales antes de evaluar el alcance político o judicial de las decisiones. Pedimos además acceso a las actuaciones y al texto completo del fallo de la Cámara para contrastar lo publicado y evitar conclusiones prematuras. En este expediente aparecen varias partes y episodios de recusación; la confirmación de la integración de la sala es un paso procesal que permite continuar la investigación, pero no supone aún decisiones de fondo sobre las imputaciones.
La nota de La Nación del 10/4/2026 aporta los detalles sobre firmas, recusaciones y montos; puede consultarse como fuente primaria de la cobertura. Para seguimiento de vinculaciones administrativas recientes, ver también la nota sobre la renuncia de un veedor del Ministerio de Justicia en la AFA (https://prensalibreonline.com.ar/politica/renuncio-un-veedor-del-ministerio-de-justicia-en-la-afa-2026-04-10).