La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a cinco años de prisión para David Bravo, exintendente de Colonia 25 de Mayo (La Pampa), por su condición de partícipe necesario en una causa de trata de personas vinculada a los locales conocidos como Venus y Karibian, informó La Nación el 26 de febrero de 2026.

Los hechos y la sentencia

La decisión remata una causa iniciada el 13 de diciembre de 2011 a partir de una denuncia ante la Delegación La Pampa de la Dirección Nacional de Migraciones, según La Nación, y confirma una condena previa del Tribunal Oral Federal de La Pampa que había impuesto cinco años de prisión. En el allanamiento del 16 de diciembre de 2011 los investigadores encontraron diez mujeres, nueve de nacionalidad dominicana y una argentina, y constataron que en el mismo predio había habitaciones donde se realizaban pases, según el informe periodístico citado. En la causa fue condenada como autora Nurys Caraballo Castillo y quedó absuelto un comisario por encubrimiento agravado, mientras que la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal ya había ratificado la sentencia antes del recurso ante la Corte.

¿Cómo llegó la causa hasta la Corte Suprema?

El expediente incluye fechas y documentos que explican la ruta procesal: una ordenanza municipal del 3 de septiembre de 2010 que prohíbe la habilitación de cabarets aparece firmada por Bravo, y sin embargo la encargada del local aportó una habilitación municipal con la firma del mismo intendente, según La Nación. Tras demoras derivadas de conflictos de competencia, la fiscalía impulsó indagatorias y la causa llegó a juicio oral; en febrero de 2023 se registraron condenas en el proceso por la explotación de más de tres víctimas mediante el aprovechamiento de su situación de vulnerabilidad. La defensa de Bravo presentó un recurso extraordinario en queja ante la Corte, que fue declarado inadmisible por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, dejando así firme la resolución penal previa, según la cobertura judicial.

¿Qué implica para la política local y el control municipal?

La confirmación de la condena tiene efectos prácticos sobre el control de habilitaciones y la responsabilidad de autoridades municipales porque el expediente documenta que la habilitación del local llevaba la firma del propio intendente y que existía una normativa local, fechada el 3 de septiembre de 2010, que prohibía ese tipo de establecimientos, según La Nación. Para la administración local esto plantea cuestiones de supervisión administrativa y de rendición de cuentas políticas, en una ciudad que la nota describe como la de mayores ingresos de la provincia por regalías hidrocarburíferas. El antecedente previo de Bravo, que en marzo de 2013 había recibido siete meses de prisión en suspenso y una inhabilitación especial por 14 meses por abuso de autoridad según registros judiciales citados, añade un dato sobre su historial público. Resta ahora que las instancias administrativas y partidarias definan sanciones políticas o administrativas complementarias a la sentencia penal, y que la fiscalización municipal refuerce controles para evitar la repetición de habilitaciones contrarias a ordenanzas locales.