La Corte Suprema, encabezada por Horacio Rosatti, reclamó el 14 de abril de 2026 el “acatamiento obligatorio” de sus fallos tras revocar tres sentencias de la Cámara del Trabajo en lo que va del año, según La Nación.
Contexto y antecedentes
La exhortación pública del presidente del máximo tribunal respondió, según La Nación, a una serie de decisiones de tribunales laborales que se apartaron de precedentes de la Corte. En lo sustantivo, la nota señala tres casos centrales —Oliva, Lacuadra y Domínguez— en los que la Corte intervino para anular criterios que consideró “irrazonables”: una multa equivalente a 53 sueldos (caso Domínguez) y una condena que llegó a más de 137 millones de pesos en segunda instancia, con la Cámara elevando montos en casi un 20.000% respecto de la condena de primera instancia, según La Nación. Hace un mes, agrega la nota, el Congreso incorporó el artículo 89 en la reforma laboral para exigir que los jueces laborales se ajusten a la interpretación constitucional de la Corte; esa norma fue suspendida en su aplicación por un magistrado, según el mismo medio.
¿Qué significa para la política y la justicia?
El reclamo de Rosatti, reproducido por La Nación, busca reafirmar la función de la Corte como intérprete final y, en sus palabras, dar “previsibilidad a una inversión”. El editorial cita además que los fallos fueron firmados por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda (cuatro vocales), y recuerda un conjunto de antecedentes: desde la destitución del procurador Eduardo Sosa en 1995 hasta los pronunciamientos de la Corte entre 1998 y 2010, casos que no fueron acatados en su momento. La presencia de una norma legislativa (artículo 89) y su suspensión judicial ponen en primer plano la discusión sobre separación de poderes y control de legitimidad de las decisiones judiciales. Según La Nación, la Cámara del Trabajo, en algunas salas, dictó criterios distintos y la Corte los revocó reiteradamente; la nota cita fuentes judiciales sin dar declaraciones públicas de la Cámara laboral en respuesta al reclamo.
¿Cómo impacta esto en el mercado laboral y las inversiones?
La nota vincula directamente el acatamiento de precedentes con la seguridad jurídica que, en teoría, condiciona decisiones de inversión. Como ejemplo operativo, La Nación menciona que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad fijó un criterio de ajuste equivalente al índice de precios al consumidor más el 3% para calcular ciertos reajustes —un criterio que, según el texto, quedó ratificado por la nueva ley de modernización laboral— y que ese tribunal interviene como apelación semanalmente en causas nacionales de distintos fueros. En lo práctico, la reversión de cálculos de intereses y la anulación de capitalizaciones sucesivas (caso Oliva) reducen volatilidad en indemnizaciones pero generan litigios sobre la retroactividad de esos criterios. Para empresas y sindicatos, la previsibilidad dependerá no solo del criterio de la Corte sino de la aplicación homogénea por las cámaras y tribunales inferiores.
Qué sigue y por qué mantener cautela
La Corte trabaja, según La Nación, en un fallo que podría destrabar el conflicto de gobernabilidad en Santa Cruz y reponer, en lo que respecta al caso Sosa, una decisión de hace 30 años. Esos pronunciamientos abren una fase de posibles tensiones entre tribunales provinciales, cámaras laborales y el máximo tribunal. Observamos que hay al menos tres datos verificables en esta cadena de hechos: la fecha del reclamo (14/4/2026), la referencia a tres revocaciones a la Cámara del Trabajo este año y la mención de montos concretos en los casos citados (53 sueldos; 137 millones de pesos; aumento cercano al 20.000%), todos atribuidos a La Nación. Mantenemos cautela: exigimos verificación del texto final, actas y registros antes de evaluar alcance político o judicial. Resta ver cómo se traducen en precedentes firmes las declaraciones públicas y si los tribunales inferiores ajustan rápidamente sus prácticas.