El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto para declarar la inviolabilidad de la propiedad privada y acelerar desalojos: juicio sumarísimo, intimación a tres días, restitución anticipada en cinco días, inspección en 72 horas y multas de hasta diez veces el último alquiler, según La Nación (15/4/2026). El texto fue presentado el 27 de marzo y comenzó a debatirse en un plenario de comisiones del Senado; el oficialismo indicó que no habrá dictamen, al menos, hasta la próxima semana.
¿Qué propone exactamente la reforma?
El proyecto —impulsado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, según la cobertura— plantea cambios en el Código Procesal Civil y Comercial y en el Código Civil y Comercial de la Nación. Entre los puntos centrales está que todos los procesos por falta de pago, intrusión o toma pasen a tramitarse por juicio sumarísimo, y la modificación del artículo 679 del Código Procesal. El texto incorpora además la posibilidad de restitución anticipada antes de la sentencia final, exige caución juratoria para la entrega anticipada y habilita al oficial de Justicia a designar depositarios para bienes muebles. También se admite el domicilio electrónico constituido en contrato como canal válido para notificaciones, según La Nación (15/4/2026).
¿Cómo cambian los plazos y los mecanismos procesales?
El proyecto reduce plazos que hoy suelen ser largos en la práctica. La diferencia que señalan fuentes consultadas es cuantitativa: un proceso ordinario puede extenderse entre 1,5 y 2 años, mientras que el esquema sumarísimo podría resolverse en alrededor de seis meses, según Enrique Abatti, presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina (citado por La Nación). La intimación por falta de pago pasaría a ser de tres días corridos frente a los 10 días que muchos contratos contemplan; el Código Civil y Comercial permite además que, salvo acuerdo distinto, el propietario intime tras dos meses de mora. En casos de intrusión, el juez debería ordenar una inspección en 72 horas y resolver solicitudes de restitución anticipada en cinco días. El texto limita las pruebas en juicios por falta de pago a pruebas documentales y periciales para acortar etapas.
¿Qué impacto práctico puede tener en inquilinos, propietarios y el sistema judicial?
Para propietarios, el proyecto promete mayor celeridad y seguridad jurídica, según los impulsores y referentes del sector. Para inquilinos y organizaciones como Inquilinos Agrupados, la reducción de plazos genera preocupación: Gervasio Muñoz sostuvo que la norma permitiría desalojos por atrasos de tres días, según La Nación. Entre las medidas de equilibrio figuran la obligación de caución juratoria para entrega anticipada y sanciones —hasta diez veces el último alquiler— si el propietario ocultó pagos o contratos. En el plano judicial, la ampliación del uso del juicio sumarísimo y la limitación de pruebas podrían concentrar mayor carga de trabajo en instancias rápidas y requerir recursos técnicos y humanos. Sobre estos efectos prácticos, las cifras del propio proyecto (3 días, 5 días, 72 horas, multa de hasta 10 veces) son centrales para evaluar riesgos y salvaguardas.
¿Qué sigue y qué conviene observar?
El expediente ya se debate en comisiones del Senado en reuniones organizadas por bloques temáticos y con espacio para preguntas de los senadores; el oficialismo afirmó que no dictaminará esta semana, según la cobertura del 15 de abril de 2026. La iniciativa fue presentada el 27 de marzo y resta verificar el texto final y las actas de debate antes de medir su alcance real. Mantenemos cautela: exigimos verificación del texto final, actas y registros antes de evaluar alcance político o judicial. En ese marco conviene observar tres elementos concretos: el texto sancionado artículo por artículo, las modalidades de las cauciones y multas, y la implementación práctica de plazos en distritos con distinta capacidad judicial. Para contexto sobre el entorno judicial del oficialismo puede consultarse una nota previa sobre la Casación y la situación procesal del presidente (ver nota: La Casación confirmó el sobreseimiento de Milei en la causa por injurias de Fontevecchia, 15/4/2026).
Osvaldo Santini