La Justicia Federal sobreseyó el 27 de mayo de 2026 a la ex titular del PAMI Luana Volnovich, a exfuncionarios y a directivos de laboratorios en una causa por la compra de medicamentos oncológicos y tratamientos especiales, al concluir que no existió perjuicio económico para el Estado. El fallo fue firmado por el juez federal Sebastián Ramos, a partir de un dictamen del fiscal Ramiro González que solicitó el sobreseimiento. La denuncia original fue presentada el 22 de enero de 2025 por Elisa Carrió y Hernán Reyes y se refería a adquisiciones efectuadas durante 2023, según La Nación.

¿Qué concluyeron el fiscal y el juez?

El fiscal Ramiro González consideró que no hay delito. Según La Nación, González explicó que el PAMI utiliza dos modalidades de contratación: las Licitaciones Públicas y el Convenio Marco de Adhesión, siendo la licitación el mecanismo principal y el convenio una vía de excepción para cubrir demoras o faltantes de stock. Los denunciantes alegaron, de acuerdo a la nota, que el organismo habría pagado hasta 16 veces más por algunos medicamentos; el fiscal interpretó que esas condiciones están fijadas de antemano en el Convenio Marco y no se determinan de modo discrecional en cada operación (fuente: La Nación). Además, el dictamen señaló que cuando un laboratorio incumplía una licitación el PAMI aplicaba una penalidad que descontaba el 100% del valor pagado por el remedio de reemplazo, con lo cual, según González, el costo extra para el Estado resultaba ‘siempre es cero’ (La Nación). El juez Ramos avaló ese análisis y archivó las actuaciones.

¿A quiénes alcanzó la investigación y qué pruebas se evaluaron?

La investigación incluyó a Volnovich —referente de la agrupación La Cámpora—, a directivos de laboratorios y a integrantes de la Administración de Contratos de Oncología y Tratamientos Especiales (ACE-ONCOLOGÍA). La nota de La Nación identifica a tres presidentes de laboratorios: Isaías Mauricio Drajer (Laboratorio Elea Phoenix SA), Gustavo Horacio González (Laboratorio Kemex SA) y Mariano Luis de Elizalde (Biosidus SAU), y nombra cinco funcionarios de ACE-ONCOLOGÍA: Santiago Veiga, Adriana Caruso, Candelaria Alonso, Javier Waisblat y Leonardo Fernández. También consignó que algunos representantes de Raffo SA y GP Pharm SA no fueron individualizados con nombre y apellido durante la instrucción, por lo que el juez decidió archivar esas actuaciones. Ramos fundamentó su resolución en que el trabajo fiscal presentó un ‘análisis lógico y razonado de los elementos obrantes en autos’ y recordó las limitaciones del juez en el proceso acusatorio cuando la fiscalía no solicita la apertura de juicio (La Nación).

¿Qué impacto tiene la resolución en lo político y en los mecanismos de compra?

El sobreseimiento cierra, en lo penal y por ahora, la vía que buscaba sancionar penalmente las compras de 2023; sin embargo, no disipa el debate público sobre precios de medicamentos ni sobre la gestión administrativa. La cronología aporta contexto: adquisiciones en 2023, denuncia en enero de 2025 y resolución en mayo de 2026 (fuente: La Nación). Desde el punto de vista procesal, según la misma nota, ante la ausencia de apelación del fiscal González el sobreseimiento queda firme; en lo político, los denunciantes pueden recurrir a otras instancias, pero eso ya no depende del juzgamiento penal inmediato. Nosotros mantenemos cautela: exigimos verificación de textos, actas y registros antes de evaluar alcance político o judicial. En términos de política pública, la resolución pone el foco en el diseño de los instrumentos de compra: la coexistencia entre licitaciones públicas y Convenios Marco sigue siendo funcional para garantizar continuidad de tratamientos, según el fiscal, pero plantea la necesidad de transparencia en precios y en la individualización de responsables cuando se investigan compras públicas (La Nación).