Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola solicitaron al Tribunal Oral Federal 2 que exhorte a Cristina Fernández de Kirchner a abstenerse de salir al balcón de su domicilio en el marco de las movilizaciones que se registraron el 17 y el 24 de marzo de 2026, y advirtieron que, de persistir, podría revocársele el beneficio de la prisión domiciliaria, según publicó La Nación el 25/3/2026. El escrito fiscal invoca fotos y posteos en X de La Cámpora y pone en cuestión si, ante tamaña convocatoria, se mantienen las condiciones de seguridad que justificaron el arresto domiciliario.

¿Qué piden los fiscales?

Los fiscales solicitaron que el tribunal exhorte a la condenada a “abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”, frase que figura en la resolución judicial que concedió el arresto domiciliario, según el escrito al que accedió La Nación (25/3/2026). El pedido puntualiza dos eventos: la concentración del 17/3/2026 durante una citación presencial a Comodoro Py y la manifestación del 24/3/2026, en la que los fiscales afirman que la expresidenta permaneció aproximadamente una hora en el balcón saludando a los militantes. Además, Luciani y Mola recuerdan que se opusieron originalmente al arresto domiciliario y califican ese beneficio como “extraordinario”, fundado en la seguridad personal de la peticionante por un intento de homicidio, según el escrito fiscal citado por La Nación.

¿Qué pruebas exhibieron y qué falta verificar?

El escrito incorpora fotografías y posteos en X atribuidos a La Cámpora como elementos probatorios, según La Nación. Los fiscales sostienen que la movilización “no fue totalmente espontánea” y señalan la difusión previa en redes sociales. Desde el punto de vista probatorio, es necesario verificar la autoría, la fecha y la cadena de custodia de las imágenes y de las capturas de pantalla; también corresponde analizar metadatos y el contexto de las publicaciones antes de sacar conclusiones sobre la responsabilidad directa de la detenida. Mantenemos cautela: exigimos la publicación y verificación documental de fotos, posteos en X y actas que respalden las afirmaciones fiscales antes de interpretar esos materiales como prueba definitiva de un incumplimiento que justifique la revocación del beneficio.

¿Qué puede pasar ahora y por qué importa?

El tribunal puede limitarse a exhortar sin adoptar medidas inmediatas o, en caso de entender que hubo incumplimiento, iniciar el trámite para revocar el arresto domiciliario. En paralelo, la Cámara Federal de Casación analiza los recursos sobre el decomiso de bienes dispuesto en junio de 2025, cuando la Corte dejó firme la condena, según La Nación. Si el tribunal decide actuar, la revocación tendría efectos sobre la seguridad personal, la logística judicial y la dinámica política: por un lado, los fiscales sostienen que las manifestaciones exponen la finalidad del beneficio; por otro, la defensa puede alegar que la conducta fue pacífica y protegida por la libertad de expresión y el derecho de reunión. La resolución de Casación sobre los bienes agrega una dimensión económica y procesal: marzo de 2026 encuentra así superpuestas decisiones sobre medidas cautelares, decomisos y garantías individuales.

Conclusión breve

Los elementos aportados por la fiscalía requieren verificación documental y probatoria antes de que puedan sustentar la revocación de un beneficio que la propia sentencia calificó como extraordinario. Mantenemos cautela y pedimos transparencia en la exhibición de actas, fotos y posteos citados, porque esa documentación será la base para decisiones que combinan aspectos penales, de seguridad y de orden público.