El Ejecutivo nacional activó el procedimiento para el traspaso de la competencia de la justicia laboral a la Ciudad de Buenos Aires, según una nota publicada por Revista Que el 10 de febrero de 2026. El anuncio, en los términos que describe esa publicación, inicia una serie de pasos administrativos y legales cuyo detalle no fue difundido por fuentes oficiales con el texto completo al cierre de esta nota.
Desde la Casa Rosada, según fuentes oficiales consultadas por este medio, sostienen que la medida busca “descentralizar” trámites y agilizar resoluciones para litigios con sede en la Ciudad. En contraste, voceros de bloques opositores y gremios señalaron que el traspaso puede generar duplicidades, aumentos de costos y dificultades de acceso para trabajadores que tramitan reclamos con patrocinio sindical o con representación federal.
La discusión no es solo política: implica un cambio de competencias entre niveles de gobierno. Argentina tiene 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como jurisdicción con status propio, es decir 24 jurisdicciones en total (Constitución Nacional). El tamaño poblacional relativo importa: según el INDEC, la población nacional registrada en el Censo 2022 fue de 46.044.703 habitantes, mientras que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires concentró aproximadamente 3.075.646 habitantes en ese mismo censo (INDEC, Censo 2022). Estas cifras permiten dimensionar por qué la Ciudad reclama mayor autonomía en ciertas materias, pero no resuelven las implicancias procesales del traspaso.
Especialistas en derecho laboral consultados por este medio advierten que el traslado de expedientes y competencias puede provocar litigios sobre competencia judicial y sobre el mantenimiento de causas ya iniciadas ante tribunales federales o nacionales. Abogados laboralistas señalaron que faltan definiciones sobre la transferencia de expedientes, la reasignación de jueces y secretarías, y la garantía de continuidad de las medidas cautelares en trámite.
Los efectos prácticos sobre los trabajadores y las empresas son, por ahora, una serie de hipótesis. Desde el oficialismo se afirma que la mudanza reducirá tiempos procesales y gastos logísticos, pero no se presentó aún un estudio de impacto operativo ni estimación de costos fiscales. Organizaciones sindicales y asociaciones de abogados pidieron acceso al borrador del convenio y advirtieron que sin un marco claro puede aumentarse la litigiosidad transfronteriza entre jurisdicciones.
En lo institucional, el traspaso abre un escenario de posibles recursos judiciales por competencia, hasta que exista un acuerdo expresado en documento y una eventual reglamentación. Resta saber si el Poder Judicial federal, el Consejo de la Magistratura o el Congreso —según corresponda— intervendrán en la definición de jueces y tribunales afectados. La experiencia comparada en transferencias de competencias muestra que los plazos de implementación suelen extenderse meses o años y requieren acuerdos técnicos.
A nivel temporal, conviene recordar que la población nacional creció entre 2010 y 2022: el Censo 2010 registró 40.117.096 habitantes en el país y el Censo 2022 ascendió a 46.044.703, una variación que cambia la distribución relativa de litigios laborales en territorios urbanos y metropolitanos (INDEC, Censos 2010 y 2022). Esa evolución demográfica es uno de los argumentos esgrimidos por quienes sostienen la necesidad de adaptar la organización judicial al mapa poblacional vigente.
Nuestra evaluación editorial mantiene cautela. Tal como informamos previamente, se informó la marcha atrás en pasos previos y se mantiene cautela hasta contar con el texto final, la reglamentación y datos oficiales para medir impacto institucional, en derechos y en seguridad. Sin el acuerdo formal ni los anexos técnicos —expedientes, inventarios de causas, reasignación de personal y presupuesto— no es posible determinar el alcance real del cambio.
Qué sigue: el Gobierno deberá publicar el convenio o proyecto de traspaso, especificar plazos y mecanismos de transferencia, y entregar la información técnica que permita a las partes —sindicatos, colegios de abogados, tribunales y legisladores— evaluar consecuencias. Si no hay transparencia en esos pasos, la disputa probablemente derive en litigios sobre competencia y en mayor incertidumbre para quienes litigan por reclamos laborales.
Fuentes: Revista Que (nota del 10/2/2026) sobre el inicio del traspaso; INDEC, Censos 2010 y 2022 para datos poblacionales; declaraciones a este medio de representantes oficiales, bloques opositores y abogados laboralistas consultados para este informe.