El 10 de febrero de 2026, Nación y el gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) firmaron un acuerdo sobre el traspaso de la Justicia Laboral, según informó Infobae (Infobae, 10/02/2026). La firma, por sí sola, no concreta la transferencia: falta la sanción del Congreso y la reglamentación que definan alcance, plazos y recursos.

Detalles del acuerdo

Infobae consignó la celebración del convenio entre jurisdicciones y subrayó que el trámite requiere aún el aval legislativo (Infobae, 10/02/2026). Hasta el momento, ese aval no existe: 0 aprobaciones en el Congreso vinculadas a este texto, según la misma cobertura (Infobae, 10/02/2026). El contenido íntegro del acuerdo y la eventual reglamentación no fueron difundidos en su totalidad en el despacho informado por el medio.

Nuestro registro muestra además que entre el 14 y el 17 de febrero se publicaron diferentes informaciones y comunicados públicos sobre el tema — cuatro posiciones públicas registradas en este medio durante ese período — lo que explica la circulación vertiginosa de versiones contradictorias (archivo de este medio, 14-17/02/2026).

Posturas y voces disponibles

La nota disponible no incorpora un texto completo del convenio ni listas de compromisos presupuestarios detallados; por esa razón es difícil reconstruir con precisión qué ámbitos y expedientes pasarían de la órbita federal a la porteña. Infobae informó la firma y la falta del aval parlamentario, pero no publicó cláusulas con cifras o plazos específicos (Infobae, 10/02/2026).

Al cierre de esta nota no constan en los comunicados oficiales cifras sobre el volumen de expedientes, el número de juzgados involucrados ni el impacto sobre el personal; esos datos no figuran en el resumen periodístico consultado. Tampoco hay, en la fuente citada, un cronograma público y detallado de traspaso (Infobae, 10/02/2026).

Contexto jurídico y previsibles pasos legislativos

La transferencia de competencias judiciales entre la Nación y una jurisdicción requiere, en la práctica, una intervención del Legislativo cuando afecta la organización de la Justicia o la competencia de tribunales. Infobae lo resume en términos simples: hay un acuerdo administrativo, pero falta la ley que habilite el traspaso (Infobae, 10/02/2026). Hasta que esa ley no exista y se reglamente, las competencias permanecen como están.

El proceso legislativo puede implicar al menos dos instancias: tratamiento en comisiones y votación en ambas cámaras, con tiempos que dependen de la agenda parlamentaria. En ausencia del texto final y de pronunciamientos públicos de los bloques, cualquier cronograma es especulativo.

Impactos que siguen sin cuantificarse

Lo que circula hasta ahora plantea interrogantes prácticos: cuántos expedientes laborales pasarían de la órbita nacional a la porteña; cómo se reasignaría el personal judicial; cuál sería el costo operativo y si habrá transferencias de partidas presupuestarias. Sobre estos puntos no hay cifras oficiales disponibles en la nota de referencia (Infobae, 10/02/2026).

También falta evaluar riesgos para el acceso a la justicia y para la uniformidad de criterios procesales. Son impactos que requieren datos — porcentaje de causas por jurisdicción, montos presupuestarios, inventario de juzgados y personal afectado — que no aparecen en la información pública citada hasta ahora.

Qué falta y qué se debe esperar

  1. El texto completo del convenio y sus anexos. 2) La eventual iniciativa legislativa con el proyecto de ley para que el Congreso lo trate. 3) La reglamentación ejecutiva que especifique plazos y transferencias presupuestarias. Sin esos elementos es imposible medir con rigor institucional, en derechos y en seguridad, el alcance del traspaso.

Contrasta esta situación con las noticias difundidas hace pocos días sobre una “marcha atrás” en algunos puntos del proceso: la sucesión de versiones públicas entre el 14 y el 17 de febrero muestra que las definiciones aún son fluidas (archivo de este medio, 14-17/02/2026).

Conclusión

Se mantiene cautela hasta contar con el texto final, la reglamentación y datos oficiales para medir impacto institucional, en derechos y en seguridad. La firma del acuerdo del 10/02/2026 es un paso administrativo informado por la prensa (Infobae, 10/02/2026), pero no sustituye la aprobación legislativa ni la información técnica necesaria para evaluar consecuencias concretas.

Osvaldo Santini