Cinco futbolistas que en 2021 presentaron una denuncia anónima ante el Comité de Ética de la FIFA dijeron públicamente haber sufrido acoso y abusos por parte del entrenador Diego Guacci, que trabajó como técnico de juveniles y coordinador en clubes y selecciones entre 2012 y 2017, según publicó La Nación.
Qué se denuncia y cómo llegó a la FIFA
Las denunciantes —identificadas públicamente ahora por terceros, no por ellas— presentaron la queja ante la FIFA en mayo de 2021 a través de FIFPro, el sindicato mundial de futbolistas, y afirmaron episodios que incluyen comentarios sexuales, propuestas explícitas y conductas de hostigamiento. La Cámara de Investigación de la FIFA, liderada por la abogada Margarita Echeverría, consideró que había incumplimientos del Código y recomendó sancionar al acusado, apunta el expediente público de 40 páginas al que accedió La Nación. La Sala de Adjudicación, en cambio, llamó a audiencia sólo a Guacci y decidió en mayo de 2023 cerrar la investigación por “pruebas insuficientes” (punto 156 del informe). Además de las cinco denuncias iniciales, FIFPro registró al menos 11 relatos adicionales, según declaraciones de su dirección jurídica.
¿Por qué la FIFA no sancionó y qué consecuencias procesales tiene eso?
Desde el lente procesal, el tramo decisorio muestra dos hechos relevantes: la Cámara investigadora recomendó sanción y la Sala resolvió no imponerla tras una audiencia donde sólo compareció el acusado. El informe público menciona “pruebas insuficientes” para corroborar los hechos, y añade que esa conclusión no equivale a una declaración de inexistencia de los hechos, según La Nación que reprodujo el documento de la FIFA. Procedimentalmente, las jugadoras tuvieron limitada capacidad de recurrir: Alexandra Gómez Bruinewoud de FIFPro explicó que las denunciantes no estaban habilitadas para apelar y que sólo la investigadora podía hacerlo. En la arena local, Guacci presentó una acción declarativa y pretende restaurar su “honor” citando una supuesta absolución fechada el 17 de mayo de 2023; paralelamente demandó a cada jugadora por 25 millones de pesos, y existe una causa penal por calumnias e injurias contra él y su esposa, según la nota de La Nación y otros registros públicos.
¿Qué impacto tiene esto en las víctimas y en el fútbol femenino argentino?
Observamos efectos concretos en la protección de las partes y en la confianza para denunciar. Las futbolistas relatan que su anonimato procesal quedó expuesto cuando los Guacci difundieron sus nombres, lo que alteró la dinámica de la causa y aumentó el daño reputacional que buscan evitar las víctimas. En términos de política pública, la esposa del acusado se transformó en voz de un proyecto de ley sobre “falsas denuncias” impulsado por la senadora Carolina Losada; las jugadoras consideran que la iniciativa tiene un efecto inhibidor sobre potenciales denuncias. Desde la perspectiva institucional, hay señales contradictorias: la AFA comunicó desconocer a las partes y, pese a ello, Guacci fue designado como “experto técnico” por la FIFA en 2021 y luego incorporado a Defensa y Justicia en 2022, según la cobertura. Para avanzar, la litigación civil y penal en la Argentina —y la exigencia de mayor transparencia en los procedimientos internacionales— serán claves para determinar responsabilidades sin exponer indebidamente a las víctimas.
Conclusión y qué deberíamos exigir como sociedad
Priorizamos la precisión procesal y la protección de las partes: difundimos hechos verificables y evitamos especular sobre culpabilidades. En este caso hay datos públicos —denuncia en mayo de 2021, informe FIFA de 40 páginas con cierre en mayo de 2023, cinco denunciantes iniciales y al menos 11 relatos adicionales— que obligan a mejoras procedimentales: permitir vías de apelación o participación para las denunciantes en procesos internacionales, garantizar confidencialidad efectiva y acotar filtraciones que transforman a víctimas en objetos de exposición. La protección de menores y la prevención en ámbitos deportivos requieren medidas concretas, no slogans. Vemos una doble tensión: la necesidad de resguardar la presunción de inocencia y, a la vez, la urgencia de mecanismos que den seguridad a quienes denuncian y eviten que el acceso a la justicia se convierta en un castigo adicional.