La Cámara de Diputados discutirá esta semana una reforma a la Ley 26.639 de protección de glaciares que, según el diputado Maximiliano Ferraro en una entrevista con La Nación (5/4/2026), es “totalmente regresiva e innecesaria” y terminará en la Justicia por violar los presupuestos mínimos de protección ambiental.
¿Por qué preocupa la reforma a la ley de glaciares?
Ferraro plantea que el proyecto altera el alcance del artículo 41 de la Constitución al debilitar los presupuestos mínimos de protección ambiental. En la nota con La Nación, señaló que durante el período 2001-2009 —sin la actual ley— las inversiones mineras sumaron 12.000 millones de dólares, mientras que entre 2015 y 2025, con la ley vigente, ascendieron a 45.000 millones, lo que equivaldría a un crecimiento del 270% según las cifras que él mismo citó en el reportaje. Su crítica técnica apunta al traspaso de la autoridad de inventario y aplicación desde el Instituto Nacional de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) hacia las provincias, y a la posible pérdida del principio precautorio cuando la determinación final quede en manos provinciales.
¿Qué dicen sus impulsores?
Quienes promueven la reforma sostienen que no se desprotege el recurso hídrico sino que se busca avanzar en estudios técnicos para identificar geoformas periglaciales con relevancia hídrica antes de definir usos productivos. En la cobertura se recoge que los promotores hablan de inversiones cercanas a 20.000 millones de dólares como efecto potencial de la iniciativa. También argumentan que la reforma reafirma la competencia provincial sobre recursos naturales, citando el artículo 124 de la Constitución, y que procura brindar mayor seguridad jurídica a proyectos productivos. Esos defensores sostienen que la norma actual es imprecisa respecto de las facultades provinciales y que la intervención provincial podría agilizar trámites y estudios locales.
¿Puede judicializarse y qué implicaría?
Ferraro anticipa que la reforma será objetada por inconstitucionalidad y por violar principios como la no regresión y el precautorio, además de posibles contradicciones con la Ley General del Ambiente y compromisos internacionales mencionados en la entrevista. La ley actual, la 26.639 de 2010, estableció un inventario nacional y una autoridad científica para evaluar los glaciares; la reforma que se propone cambiaría ese esquema, según los argumentos de Ferraro. Una judicialización, además de la demora procesal, podría generar mayor incertidumbre para inversores y comunidades; al mismo tiempo, abriría la discusión sobre la interjurisdiccionalidad de las cuencas y la necesidad de criterios uniformes para el acceso y la protección del agua.
Qué pedimos y qué sigue
Mantenemos cautela: exigimos la publicación y verificación del texto del proyecto, los peritajes y las actas asociadas antes de evaluar su alcance político o judicial. Pedimos que el Congreso ponga a disposición el texto completo y los estudios técnicos citados, y que se garantice la participación del IANIGLA o de un organismo científico fortalecido en la definición de criterios. Si la intención es dar seguridad jurídica, una vía coherente sería robustecer la institucionalidad científica y definir protocolos uniformes de inventario y evaluación ambiental, en lugar de trasladar discrecionalidad sin criterios públicos. Resta ver si las comisiones harán públicas las pruebas técnicas y qué impacto tendrán las impugnaciones judiciales en la previsibilidad de proyectos a largo plazo.