El Comité Olímpico Internacional anunció que, a partir de Los Ángeles 2028, la elegibilidad para la categoría femenina exigirá ausencia del gen SRY, detectado mediante una prueba de saliva o sangre que bastará hacer una vez en la vida (según La Nación, 26/3/2026).
Para ubicarse: la decisión fue comunicada por la presidenta del COI, Kirsty Coventry, tras la reunión del Comité Ejecutivo y reemplaza el criterio más flexible de noviembre de 2021 que dejaba la competencia sobre elegibilidad en manos de cada federación (según La Nación). La norma, según el comunicado del COI, se aplica a todas las disciplinas del programa del organismo y no tendrá carácter retroactivo.
¿En qué consiste la prueba SRY y por qué genera polémica?
La prueba propuesta por el COI busca detectar el gen SRY, que el organismo define como marcador del desarrollo sexual masculino y «fijo a lo largo de la vida», y que deberá dar negativo para competir en la categoría femenina (según el comunicado del COI). El test se hace con extracción de saliva o sangre y, de acuerdo al COI, alcanza como control una sola vez en la vida.
La polémica técnica y ética viene de lejos. Críticos señalan que la determinación binaria basada en un locus genético reduce la complejidad de las variaciones del desarrollo sexual y puede excluir a personas con trastornos del desarrollo sexual que no presentan ventajas de rendimiento. El COI prevé «raras excepciones», por ejemplo el síndrome de insensibilidad completa a los andrógenos, pero el alcance exacto de esas excepciones dependerá de criterios médicos que aún deben definirse públicamente.
¿Qué cambia respecto a la política de 2021 y por qué ahora?
En noviembre de 2021 el COI recomendó dejar a las federaciones la definición de elegibilidad y no impuso un criterio único. La decisión del 26/3/2026 centraliza la regla y la enlaza a la presencia del gen SRY (según La Nación). El COI justificó el cambio citando estudios recientes y casos polémicos en competiciones internacionales, incluida la participación de la halterófila Laurel Hubbard en Tokio 2020/2021 y las disputas en el boxeo en París 2024 con medallas cuestionadas por la IBA.
Comparación temporal: la norma de 2026 cambia el marco de 2021 al imponer un criterio biológico único en vez de recomendaciones federativas. Además, la aplicación universal a todas las disciplinas es una novedad respecto a la práctica anterior, que dejaba margen para regulaciones por deporte.
¿Cómo afecta esto a las deportistas argentinas y a las federaciones?
En Argentina las federaciones nacionales y el Comité Olímpico Argentino deberán cumplir la norma del COI para Los Ángeles 2028. En la práctica, eso implica que cualquier atleta que aspire a competir en la categoría femenina en los Juegos Olímpicos tendrá que acreditar ausencia del SRY si quiere participar en 2028 bajo el paraguas olímpico.
En Argentina. Esto abre preguntas administrativas y médicas: quién financia las pruebas, cómo se respeta la confidencialidad de la información genética y qué protocolos seguirán las federaciones ante casos complejos. También plantea un desafío para la política deportiva nacional sobre inclusión y protección de la integridad competitiva. Vemos que la norma no es retroactiva, por lo que resultados y medallas pasadas no se revisarán bajo este criterio (según La Nación).
Lo que se sabe hasta ahora: adoptamos postura prudente y nos remitimos a los hechos confirmados por La Nación y al comunicado del COI, evitando especulaciones sobre intenciones o responsabilidades. Habrá que seguir cómo traducen las federaciones nacionales esta política única en reglamentos concretos, y qué protocolos médicos y legales se diseñan antes de 2028.
Sofía Santamarina